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El Consejo de Ministros ha aprobado Proyecto de Ley con modificaciones a tres textos legislativos relacionados para el acceso a la Abogacía y Procura, para cumplir con la legislación europea en relación al acceso y desempeño de estas profesiones y a la interacción entre ambas. (Ley 34/2006 de acceso a la profesión de abogado y procurador, Ley 2/2007 de sociedades profesionales y RD 5/2010 de ampliación de vigencia de determinadas medidas económicas de carácter temporal).
Hay que recordar que hace 4 años la Comisión Europea abrió procedimiento de infracción sobre el modelo de ejercicio de la procura en España.
Modificaciones en acceso y ejercicio a la profesión de Abogado y Procurador.
Primera. Unifica el acceso a ambas profesiones, exigiéndose la misma formación académica (grado en Derecho y master de capacitación), pero no se podrá ejercer ambas profesiones simultáneamente.
Cada profesional tendrá que elegir entre una de las dos.
Segunda. Rebaja de 300.000€ a 75.000€ el importe total que un procurador puede facturar por un mismo asunto y se eliminan los límites mínimos.
Tercera. Autoriza a que un mismo despacho profesional preste todos los servicios jurídicos para comparecer ante tribunales (sociedades profesionales mixtas).
Se añaden tres disposiciones transitorias que contemplan diversas situaciones en el momento de entrada en vigor de la Ley:
– Aplicación de la nueva Ley a quienes ya estuvieran colegiados o tuvieran los requisitos para estarlo.
– La facturación de los Procuradores en los casos que estuvieran tramitando.
– Regula el caso de los profesionales que estén realizando el curso de capacitación o estén pendientes de evaluación.
Con este Proyecto de Ley para adaptar el acceso a la Abogacía y Procura a la normativa europea, se dará por cerrado el procedimiento de inspección abierto.
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