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El pasado 29 de septiembre el periódico Cinco Días publicó un interesante artículo sobre el Fiasco de los juicios Online en España.
Sólo el 10% de los abogados de la Comunidad de Madrid afirmaba haber participado en un juicio Online, desde la reapertura de la actividad judicial de primeros de junio.

Si bien la Ley de medidas procesales contra el Covid-19 invitaba a que los juicios se celebraran por vía telemática, la mayoría de los juzgados siguen operando presencialmente.
La falta de adaptación de los juzgados y de los operadores jurídicos se ha unido a la polémica que ha rodeado la celebración de algunos juicios online.

Motivos del fracaso de los juicios Online en España.

Varios son los motivos manifestados para justificar el fracaso de los juicios Online:

  • Falta de la instalación técnica necesaria en los Juzgados (cámaras, equipos informáticos, micrófonos…)
  • Escaso de desarrollo e implantación del teletrabajo en al ámbito de la justicia.
  • Carencia de inversión de recursos públicos en la modernización del sistema judicial.

Además de los motivos mencionados, que tiene un aspecto económico importante, hay otro factor que en mi opinión es mucho más importante. Este es la falta de confianza de algunos operadores jurídicos (jueces, abogados, procuradores…) en el desarrollo de los juicios de forma telemática.
Sería interesante analizar si esta desconfianza no esconde su falta de conocimientos en nuevas tecnologías y por lo tanto su carencia personal para actualizarse tecnológicamente.

Soluciones para la implementación de los juicios Online en España.

Está claro que sin una inversión suficiente y sostenible en el tiempo en nuestra administración de justicia no solucionaremos la falta de medios que impide la correcta implementación de los juicios online. En un artículo de hace unas semanas en este blog comentaba el mismo motivo como causante del colapso judicial que sufre nuestro país.

Por otro lado, seria necesaria una regulación para dejar establecido por Ley que tipos de procedimientos se han de realizar telemáticamente, con que condiciones y que causas pueden evitar que no se celebren telemáticamente.

Dejar a criterio de los operadores jurídicos cuales se celebran o no, en función de los conocimientos tecnológicos del abogado o juez de turno, me parece un lastre demasiado pesado que retrasará décadas la modernización de la justicia en España.

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