En el presente artículo explicamos que hay que hacer para poder sacar el dinero del banco de una persona fallecida.
Los trámites necesarios a realizar y el plazo aproximado para poder disponer del dinero desde la fecha de defunción.
TRÁMITES PARA PODER SACAR EL DINERO EN EL BANCO DE UN FAMILIAR FALLECIDO.
Si nuestro familiar fallecido tenía dinero depositado en Bancos y somos herederos, antes de poder disponer de él tendremos que hacer algunas gestiones.
El Banco nunca entregará el dinero hasta que los trámites que explicamos a continuación se hayan realizado.
En primer lugar porque tiene que asegurarse que entrega el dinero a los herederos legales y en segundo lugar porque tiene que asegurarse se ha liquidado el Impuesto de Sucesiones correspondiente.
ACEPTAR LA HERENCIA ES IMPRESCINDIBLE PARA DISPONER DEL DINERO DE UNA PERSONA FALLECIDA.
Para disponer de los bienes del difunto, sea dinero u otra clase de bienes, hace falta que existan herederos que hayan aceptado la herencia.
Sacar el dinero del banco de una persona fallecida no es una excepción y requerirá la existencia de herederos.
El trámite de aceptación de herencia se hace ante Notario quién se asegura quienes son los herederos.
Si hay testamento el Notario comprobará su validez y efectuará escritura ratificando las últimas voluntades del difunto y estableciendo como herederos a quien este hubiera nombrado en su testamento y adjudicando los bienes a cada uno.
Si no existe testamento el Notario efectuará escritura de herederos abintestato (sin testamento) nombrando herederos a quienes la Ley les otorgue esa condición.
Los herederos en caso de no existir testamento varían en función de la Comunidad Autónoma donde residía el difunto. Puedes consultar nuestra página sobre herencia sin testamento para tener más información.
En un caso o en otro en la escritura de aceptación de herencia hará se hará constar todos los bienes conocidos del difunto y como se reparten entre los herederos.
Es importante conocer con que Bancos operaba nuestro familiar difunto y solicitarles certificado de saldo a fecha de defunción para entregarlo al Notario para incluirlo en la escritura.
Si se desconoce con qué Bancos operaba, es recomendable buscar en el domicilio del difunto correspondencia bancaria para poder averiguar de qué Bancos era cliente.
PAGO DEL IMPUESTO DE SUCESIONES PARA PODER DISPONER DEL DINERO EN UN BANCO DE LA PERSONA FALLECIDA.
Una vez tengamos la escritura de herencia y los herederos la hayan aceptado, queda el imprescindible trámite del pago del impuesto de sucesiones.
Recordemos que para el pago del Impuesto de Sucesiones hay un plazo de seis meses desde la fecha de defunción.
Cada heredero procederá a liquidar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Autónoma donde residía el difunto en el momento de su muerte y por la cantidad de bienes que ha heredado.
En caso de falta de medios económicos para pagarlo, se puede solicitar un aplazamiento.
Puede consultar nuestro artículo sobre el aplazamiento del Impuesto de sucesiones.
DOCUMENTACIÓN QUE HAY QUE ENTREGAR AL BANCO PARA PODER DISPONER DEL DINERO DE UNA PERSONA FALLECIDA.
Los dos documentos que hemos comentado anteriormente, la escritura de aceptación de herencia y el pago del Impuesto de Sucesiones, son los que tenemos que entregar al Banco para poder disponer del dinero de la persona difunta.
El Banco, una vez analizada la documentación, ya sabrá quiénes son los herederos y qué proporción del dinero depositado corresponde a cada heredero.
Si el dinero está en cuentas corrientes o libretas a la vista cada heredero podrá disponer de su parte de forma inmediata.
En caso que el difunto tuviera otros productos más complejos como acciones, fondos de inversión, rentas vitalicias, planes de pensiones… el Banco procederá a traspasar la parte de los títulos de cada producto que corresponde a cada heredero en un expediente a nombre de cada uno de ellos, para que decidan con posterioridad si quieren mantener los títulos que tenía el difunto, pero ahora a su nombre, o quieren proceder a su venta.
Puedes consultar los siguientes artículos que te ampliarán la información:
¿CUÁNTO TIEMPO SE TARDA EN PODER SACAR EL DINERO EN UN BANCO DE UNA PERSONA DIFUNTA?
Teniendo en cuenta que todo transcurra con normalidad y no haya discrepancias entre herederos, en hacer la escritura de aceptación de herencia, se tarda aproximadamente un par de meses desde la defunción del familiar.
Si el Notario actúa con diligencia puede tener lista la escritura de aceptación en poco más de un mes desde la fecha de defunción.
La liquidación del Impuesto de Sucesiones se puede hacer inmediatamente cuando se tiene la escritura de aceptación.
Por último, los Bancos suelen tardar entre 15 días y un mes en validar la documentación y efectuar el reparto del dinero entre los herederos.
¿POR QUÉ EL BANCO NOS EXIGE EL PAGO DEL IMPUESTO DE SUCESIONES PARA PODER SACAR EL DINERO DE UNA PERSONA FALLECIDA?
Es comprensible que el banco nos solicite la escritura de aceptación de herencia o la declaración de herederos ya que tiene que asegurarse que entrega el dinero de la persona fallecida a sus herederos legales y no a otros.
Pero, ¿por qué nos solicita que presentemos la liquidación del Impuesto de Sucesiones?
La respuesta es sencilla. El Banco tiene que asegurarse del pago del Impuesto de Sucesiones, ya que si entrega el dinero y los herederos no lo han pagado, lo tendrá que pagar el Banco.
Así que se asegurará muy bien que se haya liquidado el Impuestos de Sucesiones y que se haya liquidado correctamente.
Artículos publicados en nuestro Blog relacionados con el tema:
- VENTA DE UNA PARTE DE UN PISO HEREDADO. DERECHO DE LOS OTROS HEREDEROS.
- APLAZAR EL IMPUESTO DE SUCESIONES DE UNA HERENCIA.
- COMO EVITAR ARRUINARSE AL HEREDAR.
- CUENTAS BANCARIAS DE UN TITULAR FALLECIDO.
- SOLICITAR CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN GRATUITAMENTE Y CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES.
- DERECHO A LEGÍTIMA Y A PENSIÓN DE VIUDEDAD DE LAS PAREJAS DE HECHO EN CADA COMUNIDAD AUTÓNOMA.
Si deseas enviar tu comentario, para cumplir con la vigente Ley de Protección de datos, previamente es necesario que aceptes nuestra Política de Privacidad simplemente introduciendo tu email y marcando la casilla de aceptación. Los comentarios recibidos sin esta aceptación no podrán ser publicados.
UNA VEZ ACEPTADA LA POLÍTICA DE PRIVACIDAD NO OLVIDES ENVIAR TU COMENTARIO EN EL FORMULARIO QUE ENCONTRARÁS AL PIE DE LA PÁGINA.
PUBLICAREMOS Y RESPONDEREMOS A TU COMENTARIO EN MENOS DE 48 HORAS.
Buenos días, mi marido falleció en agosto de 2022. Es heredero de dos tías que fallecieron en 2012 y 2021. ( La del 2012 deja testamento para su hermana que fallece en 2021) Él era el único heredero. Cuando falleció acababa de recoger la Declaración de Heredero.
Tengo toda la documentación hecha. Liquidación de las Tías, de mi marido.
El mayor problema es con ING. Este banco culpa a la Gestora del fondo en este caso Renta4.
Las Tías tienen dos Fondos de Inversión, me han pedido de todo ya no saben que documentos pedirme. De los dos Fondos ya me han dado uno, con el que he podido pagar la liquidación de las Tías, pero el otro no.
Ya no sé que hacer, excepto un escrito al Banco de España y a la CN de Valores. Ya no confio en nada.
Agradeceria que ustedes me digan si estos escritos son efectivos o si puedo hacer algo más. El desgaste personal y psicológico es tremendo, en los momentos más duros de tú vida estar haciendo tanto papeleo y pegarte con los bancos, es horrible . Esto debería de estar penado por la ley
Sra. Carmen,
Los únicos documentos a presentar para el cambio de nombre del Fondo de Inversión son: Testamento, Aceptación de herencia y liquidación del Impuesto de Sucesiones.
En su caso para las dos herencias. Primero la de la tía fallecida el 2012 y después la del 2021.
No hay ningún documento adicional que necesiten.
Respecto a la efectividad de las reclamaciones presentadas, si que lo son, pero la respuesta y el requerimiento a la entidad no son rápidos.
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Buenas noches
Mi padre falleció en enero del 23
Quedan como herederos viuda y dos hijos.
El testamento lega como usufructuaría Vitalicia y universal a mi madre
Tenían dos cuentas en bancos
Y cada banco reparte de forma diferente
Uno adjudica dinero libremente y otro exige la firma de usufructuaría y herederos.
Podrían indicarme la forma correcta de proceder?
Gracias
Sr. Javier,
Si es usufructuaria Universal, el banco no puede adjudicar el dinero libremente ya que hay un derecho de usufructo sobre el saldo.
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Mi madre hizo que murio ,febrero,seiete meses, hay numeros cuadteos,antiguedades ,objetos de gran valor,marfiles ,cuberteriasde plata ,,joyas ,libros ,..ect..que no han sido valorados ni incluudos en la herrencia ni en ajuar ..como puedo evitar el expolio en laa distintas y numerosas visitaa de sus hijos biologicos ,yo no soy hija biologia del conyuge superviviente ,soy adoptada por el peeo si hija biologia de la fallocecida, muchos de estos objetos eran herencia familiar de mi madre ya fallecida y otteos adquuridos en regimen de gananciales. desde su matrimonio ..siete añosdespues de mi nacimiento… hay varias cuentas que correspondrria a los herederos legitimos..y de la quiero evitar que el dinero vaya mermando hasta desaperecer y es una cantidad muy cuantiosa Un saludo
Sra. Mª. Jose:
En siete meses se ha tenido que tramitar la herencia y liquidar los impuestos correspondientes.
Si hay testamento hay que atenerse a lo que en se estipule. Si no lo hay son los hijos (salvo los derechos del cónyuge superviviente) quien son los herederos, incluida usted que era hija suya.
Si los trámites de herencia no se han realizado le recomiendo los inicie usted solicitando inventario de los bienes y saldos a fecha de defunción y requiriendo a los demás herederos acepten o repudien la herencia. Un vez hecho esto usted tendrá derecho a recibir su parte que le corresponde aunque el resto de herederos se la haya gastado.
Creo que en su caso sería muy conveniente se pusiera en contacto con algún abogado de su ciudad para iniciar los trámites.
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA
Hola Buenos tardes un familiar fallecido hace dos años, nos hemos dado cuenta que tiene un dinero en una cuenta de un banco Francés, que debo hacer para rescatar el dinero en Francia ? Soy heredera y tengo en acta de defunción
Sra. Tania,
Debera aportar al Banco Frances el certificado de defunción y la aceptación de herencia como heredera.
Debera acreditar el pago del impuesto de sucesiones. Si el importe de la cuenta en Francia no se incluyó y se lo exigen, debera efectuar una liquidación complementaria.
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA
Hola!! Mi madre ha fallecido con testamento y solo tenía una cuenta bancaria. Somos 3 hermanos pero a uno de ellos solo le ha dejado la legítima. Nosotros no queremos líos y nos gustaría repartir el dinero a partes iguales . Es posible?? Gracias
Sra. Elena,
Es posible hacerlo, pero si la cantidad a repartir supera la legítima, el hermano que recibe de más está recibiendo una donación de los otros dos hermanos.
Con la repercusión impositiva que pueda tener.
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA
Hola, mi pregunta es si un banco te puede obligar a abrir un cuenta bancaria para rescatar una herencia de una cuenta de ahorros y un fondo de inversión. Gracias.
Muchas gracias por visitar nuestra web.
Le recomendamos leer nuestro artículo Heredar un Fondo de Inversión que encontrará en nuestro blog.
http://testamentoyherencia.es/articulos/como-se-hereda-un-fondo-de-inversion/
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA
Hola yo quiero saber una cosa,yo estoy con una pareja y no estoy casada con ella y me dijo en su momento que su abogado mi firma para que hubiera otra persona en el testamento con mi pareja yo hice mi firma en un papel le envié la foto a mi pareja y el sé la envío a su abogado y ahora figuro yo en el testamento con mi pareja esto lo hici mipsreja en el caso de que falleciera,mi pareja está muy mal de salud y le quedan días u horas para fallecer en este caso tengo yo que pagar algo cuando el fallezca aunque no esté casada con él,lo digo porque el tiene un hijo menor de edad y madre y yo por mi parte tengo un hijo de casi 18 años,mi pareja tiene un buen seguro y otras cosas más y es militar destinado en Nigeria tendría que pagar yo algo cuando muera lo digo para saber porque de echo cuando me pidió mi firma me dijo que era su voluntad el tenerme en su testamento gracias,a parte de esto hay un compañero que no me fío de él me dice que vaya ahorrando para su funeral por eso no me fío de su compañero porque no sabe de leyes,por favor díganme algo sobre lo que les digo aunque no esté casada y figure en el testamento como última voluntad que me pidió mi pareja es lo único que quiero saber gracias
Sra. Noelia,
No entendemos su redactado para ofrecerle una respuesta.
Un saludo.
Testamento y Herencia.
Hola mi nombre es Raquel mi madre falleció de cáncer yo fui su cuidadora para todo,tengo otras dos hermanas pero no aparecían.cuamdo falleció una hermana de mi madre se quedó con todo lo que quiso de mi madre sin mi consentimiento incluidas joyas lo tuvo escondido pero un día y otras joyas aparte de ayudar etc….se las reclamo a esa señora y no solo no me las devuelve si no que me denuncia por pedir legalmente lo que es mío las herederas eramos las hijas 3 mis hermanas a escondidas se llevaron la mayor parte de las joyas se quedaron con muebles todo esto sin mi consentimiento es válido?
Sra. Raquel,
Muchas gracias por visitar nuestra web.
Le enviamos la respuesta a su comentario directamente a su mail.
Saludos.
Testamento y Herencia.
Atención al cliente.