¿A QUIÉN PERTENECE LA VIVIENDA FAMILIAR CUANDO UNO DE LOS CÓNYUGES FALLECE?
Al valor económico de la vivienda como inmueble hay que añadirle, en caso de ser el domicilio conyugal, el valor sentimental que tiene para cada uno de los cónyuges.
Esta carga sentimental no otorga ningún derecho, del cónyuge viudo/a a la vivienda familiar, adicional respecto a lo que la Ley de sucesiones establece.
Entonces, ¿qué pasa con la vivienda familiar si fallece uno de los cónyuges?
Podemos encontrarnos en diferentes situaciones al fallecer uno de los cónyuges en función si la vivienda familiar pertenecía sólo a uno de ellos o a los dos, y si el fallecido otorgó testamento o falleció sin haberlo otorgado.
En nuestra página sobre la Sucesión Testada y la Sucesión Intestada encontrarás toda la información de las herencias con y sin testamento.
VIVIENDA FAMILIAR PROPIEDAD DEL CÓNYUGE FALLECIDO.
Si la vivienda familiar estaba sólo a nombre del cónyuge fallecido, el cónyuge sobreviviente tendrá diferentes derechos en función de si el fallecido otorgó testamento o no.
En caso de haber otorgado testamento habrá que atenerse a lo establecido en el y respetar la herencia del cónyuge sobreviviente que allí se haga constar, que nunca puede ser inferior a la Legítima.
En nuestra página La Legítima encontrarás cuanto es la legítima dependiendo de la Comunidad Autónoma donde residiera el difunto.
Ante una herencia sin testamento, el cónyuge viudo sólo tendría derecho a la legítima que legalmente se establezca según la CCAA donde residiera el difunto.
En la mayoría de CCAA la legítima otorga al viudo una parte o todo el usufructo de la vivienda familiar.
VIVIENDA FAMILIAR PROPIEDAD DE AMBOS CÓNYUGES.
En este supuesto, la mitad del cónyuge sobreviviente continuaría siendo de su propiedad y la mitad del difunto se sometería a las reglas mencionadas en al apartado anterior.
PROBLEMAS CON LA VIVIENDA FAMILIAR CON UN CONYUGE FALLECIDO.
Si los cónyuges han otorgado testamento uno a favor del otro no existe ningún problema, ya que la totalidad de la vivienda pasa al cónyuge sobreviviente. Este tendrá que pagar la legítima a los hijos (si los hay) pudiendo elegir como pagarles su parte.
El problema surge cuando no hay testamento ya que, en caso de propiedad única del fallecido, el cónyuge compartiría el usufructo con la propiedad de los hijos limitando de forma importante la capacidad de decisión y disposición sobre la vivienda, siendo una fuente de disputas importantes.
Disputas que según los intereses de las partes (en vender o no vender) pueden acabar en tribunales y con la obligación del viudo a abandonar la vivienda que ha compartido con el difunto.
Ante una propiedad compartida los problemas son menores, ya que el cónyuge sobreviviente tendría su mitad como propietario y de la otra mitad compartiría su parte de usufructo con la propiedad de sus hijos.
Esta situación le otorga una situación privilegiada al ostentar no sólo la mitad de la propiedad sino una parte del usufructo.
¿CÓMO EVITAR PROBLEMAS CON LA VIVIENDA FAMILIAR CUANDO UN CÓNYUGE FALLECE?
Hemos visto que el derecho del cónyuge viudo/a a la vivienda familiar depende de muchos factores.
La conclusión para evitar cualquier problema sucesorio relacionado con la vivienda familiar y que ninguno de los cónyuges quede a merced de la voluntad de sus descendientes es hacer un testamento estableciendo la voluntad de que la vivienda familiar quede para el cónyuge superviviente.
Es la mejor manera de evitar conflictos familiares y mantener en todo momento el poder de disposición de la vivienda por parte del cónyuge superviviente.
¿ A QUIÉN PERTENECE EL CONTENIDO DE LA VIVIENDA FAMILIAR CUÁNDO FALLECE UN CÓNYUGE?
Independientemente de quién sea el propietario de la vivienda y de la existencia de testamento o no, el Código Civil dispone que «… fallecido uno de los cónyuges, las ropas, el mobiliario y enseres que constituyan el ajuar de la vivienda habitual se entregarán al que sobreviva sin computárselo en su haber…».
Hay que tener en cuenta que esto no incluye joyas, objetos artísticos, históricos y bienes de extraordinario valor.
Puedes leer nuestros artículos «Quién hereda las joyas» y «El ajuar doméstico en una herencia» para más información.
Artículos publicados en nuestro Blog relacionados con el tema:
- ¿QUIÉN HEREDA LA PARTE DE UN HEREDERO FALLECIDO?
- INCUMPLIR EL TESTAMENTO VITAL. CONSECUENCIAS.
- ¿QUIÉN HEREDA LAS JOYAS?
- DISPONER DEL DINERO DE UNA PERSONA FALLECIDA.
- OBTENER EL CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN Y EL CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES.
- DERECHO A LEGÍTIMA Y A PENSIÓN DE VIUDEDAD DE LAS PAREJAS DE HECHO EN CADA COMUNIDAD AUTÓNOMA.
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Hola y gracias anticipadas!!
En Cataluña, tengo entendido que un viudo/a con hijos hereda sin testamento de su expareja ,disfrutará del usufructo de toda la herencia indefinidamente, aunque se puede conmutar por el usufructo de la vivienda habitual + ¼ de la parte alícuota de la herencia. Loa hijos de quedan con la nuda propiedad. Es así?
Por otro lado, si existe un testamento donde se dice que la vivienda habitual la hereda el conyugue. Anteriormente la propiedad era 100% del fallecido.. Los dos han vivido durante mucho tiempo en la vivienda y estaban casados. Mi pregunta es si existe exención por reinversión en caso de venta posterior de la vivienda por parte del conyugue (incluso si no hay reinversión, por ser mayor de 65 años).
Muchas gracias y saludos!!
Sr. Bielsa,
1- Si Vd. conmuta el usufructo por 1/4 parte ya no se queda con el usufructo. Vd. seria pleno propietario de los bienes asignados a esa 1/4 parte. Si Vd. se queda el usufructo los hijos son nudos propietarios.
2- Existe excenpción independientemente del destino del dinero obtenido por la venta si se es mayor de 65 años. Excepto si la vivienda tiene el pleno dominio desmembrado entre usufructo y nudo propiedad.
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
muchas gracias por la rápida respuesta, sólo una aclaración:
en el punto 2 entiendo que si el cónyuge fallecido era 100% propietario de una vivienda habitual y tenía más de 65, entonces, si posteriormente se vende la vivienda, independientemente de quién herede (cónyuge o hijos), habrá la exención de impuesto. ¿O el que hereda es el que debe tener más de 65?.(En cualquiera de los casos suponiendo que se ha hecho testamento donde se transmite propiedad y usufructo)
Gracias de nuevo y saludos
Sr. Xavier,
Es en el momento de la venta que se han de cumplir las condiciones para tener la exención. Las condiciones las ha de cumplir el vendedor.
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
vivo en un piso con mi mujer propiedad de mis hijos
que puede ocurrir si muero
Sr. Miguel,
Es imposible responder a su pregunta con los pocos datos que Vd. nos da.
¿Es usted usufructuario? ¿Su mujer es la madre de sus hijos y usufructuaria?.
¿En que calidad está ocupando Vd. el piso de sus hijos?
¿En que Comunidad Autónoma vive?
Si lo desea puede enviar su consulta con datos completos a consultas@testamentoyherencia.es y le haremos llegar mail con los datos que necesitamos para emitir el informe jurídico y el coste del mismo.
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Buenos días ! La vivienda en la que vivimos mi pareja y yo está a su nombre, tiene dos hijos mayores de edad, de su primer matrimonio nos vamos a casar.
Si mi marido hace un testamento poniendo que su vivienda me la deja a mi en un usufructo, mi pregunta es, si fallece mi marido,
me pueden echar de la vivienda sus hijos puesto que son los herederos ?
Muchas gracias
Sra. Myriam,
Si a Vd. le deja el usufructo vitalicio de la vivienda, tendrá derecho a utilizarla hasta su fallecimiento sin que los herederos puedan reclamar.
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Buenos días.
Mi esposo en el testamento nombra herederos a sus hijos y a mi me deja el usufructo de su parte de la vivienda familiar de la que somos copropietarios. El problema es que la vivienda familiar actual es distinta a la de cuando se hizo testamento y el testamento indica que deja a la esposa el usufructo de su parte de los bienes inmuebles del matrimonio situados en…. y la dirección es distinta a la de la vivienda familiar actual.
¿Significa que no podré disponer del usufructo de nuestra vivienda familiar actual?
Nuestra comunidad autónoma es Cataluña.
Saludos y muchas gracias.
Sra. María Dolores,
Como Vd. dice, si en el testamento se especifica que le deja a Vd. el usufructo de una vivienda en concreto, es de esa vivienda, no de otra.
Por lo tanto no podrá seguir utilizando la otra si no hay una modificación del testamento o los herederos de la misma se lo permiten.
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Pero yo también soy propietaria de la vivienda, mi parte es 65%.
Sra. Mª. Dolores,
Ese dato no constaba en la pregunta que nos hizo.
Si Vd, tiene el 65% de la nueva vivienda y el resto de herederos el 35% tendrán que llegar a un acuerdo de como compensa Vd. al resto de herederos por la utilización de ese 35% que no le pertenece.
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Estoy casada en separación de bienes, mi segundo marido vive en mi casa conmigo y mis hijos. Otorgue testamento diciendo que está cada se reparta en legados a favor de mis 4 hijos. Tiene algún derecho mi marido si yo fallezco.
Sra. María,
En principio no tiene ningún derecho.
En algunas Comunidades Autónomas se otorgan algunos derechos a los cónyuges viudos, dándoles algún periodo de gracia antes de abandonar la vivienda familiar (normalmente es un año).
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Cuando falleció mi padre hace 5 años, se tramitó el Impuesto de Sucesiones, dando un valor infravalorado por error a la vivienda, se debía haber puesto el valor coherente de mercado.
Esto podría tener su repercusión en el Impuesto Estatal de Incremento Patrimonial al ser vivienda no habitual heredada.
Al estar prescrito por plazo el I.S.D. ¿Siguen siendo válidos los datos erroneos que se pusieron en este Impuesto Autonómico?
Gracias.
Sr. Luís,
Tanto en la liquidación de la Plusvalía Municipal como en el Incremento Patrimonial en IRPF tendrá que partir del valor que puso en la aceptación de herencia.
Un saludo.
TESTAMNTO Y HERENCIA
Mi padre falleció hace 5 años, hizo testamento a mi favor como único heredero otorgando el usufructo de la vivienda a mi madre.
Vamos a vender la vivienda en 92.000 €. Por los porcentajes de reparto hereditario que se indica en este foro, entiendo que la venta repercute a ambos de la siguiente forma :
50% le pertenece a la viuda : 46.000 €.
Del otro 50% a mi madre le corresponde 23.000 € más su usufructo que me informan es un 10% :
4.600 €.
A mi como hijo me correspondería el otro 50%, 23.000 €, restando ese usufructo :
23.000 – 4.600 = 18.400 €.
Estoy en lo cierto?
Gracias
Sr. Luís,
Si la vivienda es propiedad un 50% de su madre y el otro 50% se lo reparten entre los dos es correcto.
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA
Si mi esposo fallece y llevamos más de 20 años de casados y tiene dos hijos y al fallecer no deja testamento a favor de nadie como queda mi situación como viuda si los hijos son mayores de edad y nunca han convivido la vivienda y además la construimos entre los dos gracias de antemano
Sra. Mª. Isabel,
Los hijos de su esposos tendrán derecho siempre a la legítima que depende en que Comunidad Autónoma residan Vds. variará de cantidad.
Sus derechos como cónyuge viudo también varían según la Comunidad Autónoma.
Le facilito el enlace de nuestra página La Legítima, donde encontrará lo que le corresponde a Vd. y a los hijos de su esposo aplicando la legislación de su Comunidad Autónoma.
http://testamentoyherencia.es/legitimas/
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Mi marido es el dueño del piso,está a su nombre,en caso de fallecer sin tener testamento,el piso a quien pertenece,tenemos una hija mayor de edad,gracias
Sra. Carmen,
Con los datos que nos da es imposible contestarle. ¿Ha otorgado su marido testamento? ¿No lo ha hecho? ¿A que Comunidad Autónoma pertenecen? ¿Están casados o son pareja de hecho?
Tal como explicamos en el artículo hay diversos factores que afectan para decidir quién puede seguir en el domicilio conyugal al fallecer uno de los cónyuges.
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Mi tía es viuda,ella y su difunto esposo estuvieron casados por más de 30 años,la propiedad del apartamento en que ambos convivian está a nombre de los dos.
El difunto tiene 2 hijos que nunca han vivido en la casa, él no dejo testamento a favor de nadie, mi tía no tiene hijos y testó a mi favor,yo convivo con ella desde que falleció el marido y necesito saber cuáles son los derechos de los hijos del difunto y cuáles son los míos y si ellos tienen derecho a la convivencia
Uno de los hijos es propietario de una vivienda
Sra. Mercedes,
Los hijos del difunto son propietarios del 50% de la casa donde viven usted y su tía y como propietarios tienen sus derechos.
Tanto a habitarla como a reclamar que si lo hacen ustedes los compensen económicamente.
Si desean vender la propiedad tendrán que ponerse todos de acuerdo.
Le recomendamos lea estos dos artículos que le darán más información.
– Herencia en proindiviso o indivisa:
http://testamentoyherencia.es/articulos/herencia-indivisa-o-en-proindiviso/
– Desacuerdo entre herederos en la venta de una vivienda heredada.
http://testamentoyherencia.es/articulos/problemas-entre-hermanos-en-venta-de-piso-heredado/
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA
Tiene qué pagar algo la Vida sin hijos por heredar la vivienda de su marido qué compartian?
Sr. Luís,
Lo que se paga por heredar depende de la Comunidad Autónoma del fallecido y de la cantidad que suma el total que se hereda.
No podemos dar respuesta a lo que nos consulta con los pocos datos que nos da.
En principio, si sólo hereda la vivienda familiar común, normalmente tienen casi bonificado en su totalidad el Impuesto de Sucesiones, por lo que la cantidad a pagar es casi 0.
Eso no excluye que hay que abonar la plusvalía municipal.
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA.