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LEGÍTIMA EN NAVARRA.
HERENCIA DE PAREJAS DE HECHO EN NAVARRA.
DERECHO A PENSIÓN DE VIUDEDAD DE LAS PAREJAS DE HECHO EN NAVARRA.
Cuanto es la legítima en Navarra, sus beneficiarios, porcentajes, como se calcula, requisitos a cumplir para tener derechos sucesorios, condiciones que han de cumplir las parejas de hecho para ser beneficiario de la pensión de viudedad…
Cómo reclamar la legítima en Navarra y en otras CCAA lo encontrará en nuestra página de La Legítima.
Hemos resumido lo más importante y los aspectos generales de todos estos conceptos para que los entiendan la mayoría del público sin conocimientos jurídicos.
- No existe obligación de dejar bienes a los descendientes.
- No tienen derecho a la legítima.
- El usufructo de toda la herencia.
Diferencia entre legítima y legado.
Sabemos que la legítima es la parte de nuestra herencia que la Ley nos obliga a dejar a unas personas en concreto.
El legado es la facultad que tenemos de dejar determinados bienes en concreto a determinadas personas.
Es muy habitual, entre público sin conocimientos jurídicos, confundir el legado con la legítima.
En nuestra página Legados encontrarás toda la información para que sepas diferenciarlos.
Desheredar a un hijo es un acto que requiere el cumplimiento de una serie de requisitos y motivos que se especifican en el Código Civil.
En este artículo podrás encontrar toda la información: «Desheredar hijos por abandono de los padres»
HERENCIA DE LAS PAREJAS DE HECHO (no casadas) EN NAVARRA.
La legitima en Navarra y herencia de las parejas de hecho en navarra (tanto homosexuales como heterosexuales) no se equiparan a la de los cónyuges por lo que a a derechos sucesorios se refiere, excepto si se cumplen ciertas condiciones.
Es importante, conocer que se entiende por pareja de hecho en esta Comunidad Autónoma y que requisitos hay que cumplir para tener esta equiparación de derechos.
Es importante destacar que la regulación de los derechos de las parejas de hecho en Navarra ha sufrido un trámite legal complicado con recurso de inconstitucionalidad incluido.
Esto provocó una nueva regulación de los derechos de las parejas estables o de hecho a través de una modificación de la Ley Foral que entró en vigor el 16 de octubre de 2019, donde por primera vez se incluyo un Título para la regulación de las parejas estables en Navarra.
Se considera que forman una pareja de hecho, dos personas que viven de forma similar a la matrimonial en estos casos:
- Unión de dos personas mayores de edad emancipadas.
- Que convivan en comunidad de vida afectiva análoga a la conyugal.
- Sin relación de parentesco, por consanguinidad o adopción, en línea recta.
- No tener relación de parentesco colateral (por consanguinidad o adopción) dentro del segundo grado.
- Carecer de vínculos matrimoniales.
- No estar inscrito previamente con otra pareja estable.
- No estar incapacitado.
- Uno de los miembros de la pareja ha de tener la vecindad civil Navarra.
- Los miembros de la pareja han de manifestar su voluntad de constituirse como pareja de hecho en documento público.
- Que se inscriban en el Registro Único de Parejas Estables de la Comunidad Foral de Navarra. Al final de la página encontrarás los enlaces al Registro y para solicitar cita previa.
- Menores no emancipados.
- Las personas relacionadas por parentesco consanguíneo o adoptivo en línea recta.
- Personas relacionadas por parentesco, consanguíneo o adoptivo, colateral dentro del segundo grado.
- Las personas casadas.
- Personas que constituyan una pareja de hecho con otra persona.
- No se permite la constitución de parejas estables temporales o sometidas a condición.
- Personas incapacitadas.
A diferencia de otras Comunidades Autónomas en Navarra la prueba de la existencia de la Pareja de hecho es la inscripción en el Registro único de parejas estables de la Comunidad Foral de Navarra.
La falta de esta inscripción implica el no reconocimiento de la pareja de hecho y la no equiparación, en lo que a derechos se refiere, a las parejas casadas.
Hasta el 1 de Junio de 2021 existían diversos registros de ámbito municipal donde hacer la inscripción. A partir de esta fecha es necesario inscribirse en el Registro Único de Parejas Estables de Navarra, incluso las parejas que ya estaban inscritas en otros registros.
Las causas por las que se considera extinguida una pareja estable o de hecho o estable en Navarra son:
- Muerte de uno de los miembros de la pareja.
- Común acuerdo entre los miembros de la pareja.
- Matrimonio entre los miembros de la pareja estable o de uno de sus miembros con otra persona.
- Voluntad de uno de los miembros de la pareja que tendrá que comunicárselo de forma fehaciente (que quede constancia) al otro.
- Por cese de la convivencia con ruptura de la comunidad de vida.
- La extinción deberá ser comunicada por cualquiera de los miembros de la pareja estable al Registro Único de Parejas Estables de la Comunidad Foral de Navarra y provocará la revocación de consentimientos y poderes que los miembros de la pareja se hubieran otorgado entre ellos.
La legítima en Navarra y herencia de parejas de hecho en Navarra, otorga distintos derechos en función de si se está casado o se forma pareja de hecho.
En el caso de parejas casadas y herencia intestada (sin testamento) el cónyuge tendría derecho a la legítima que ya se ha mencionado en los primeros apartados de esta página.
El cónyuge viudo pierde sus derechos en una sucesión intestada, si en el momento de abrir la sucesión estaba separado judicialmente o de hecho o estaba pendiente de una demanda de nulidad de matrimonio, de divorcio o separación (excepto si hubiera existido reconciliación).
En parejas de hecho el miembro superviviente de la pareja, en caso de sucesión intestada, no tendría derecho a nada.
Respecto a las parejas de hecho, no podemos hablar de perdida de derecho a la sucesión intestada ya que el derecho a la sucesión en parejas estables en Navarra solo se reconoce en sucesiones testadas.
La Ley Foral establece literalmente «En caso de extinción de la pareja estable por muerte o declaración de fallecimiento de uno de los convivientes, el sobreviviente solo tendrá los derechos sucesorios que se hubieran otorgado entre sí o por cualquiera de ellos en favor del otro , conjunta o separadamente, por testamento, pacto sucesorio, donación mortis causa y de mas actos de disposición reconocidos en esta Compilación».
En nuestra página herencia intestada encontrará toda la información sobre este tipo de sucesiones.
Tanto en el caso de una pareja casada como en una pareja de hecho, en el caso de la existencia de testamento, el cónyuge o miembro superviviente heredará lo que conste en el testamento.
En una sucesión testada (con testamento) si el cónyuge viudo ha sido nombrado heredero o beneficiario de legados…estos nombramientos quedaran ineficaces si, después de haber sido otorgados, los cónyuges se separan de hecho, judicialmente, se divorcian o si hay una demanda pendiente de separación, divorcio o nulidad.
Ya hemos visto en el apartado anterior que las parejas estables en Navarra solo tienen derechos sucesorios en sucesiones testadas.
Aun así el miembro superviviente de la pareja estable perdería estos derechos sucesorios si en el momento del fallecimiento de su pareja estuvieran separados de hecho se hubiera extinguido la pareja estable por una de las causas establecidas (mencionadas en un apartado anterior), que no sea la defunción de uno de sus miembros.
En nuestra página herencia testada encontrará toda la información sobre este tipo de sucesiones.
DERECHO A PENSIÓN DE VIUDEDAD DE LAS PAREJAS DE HECHO EN NAVARRA.
Como complemento a la legítima en Navarra y herencia de parejas de hecho en Navarra, incluimos requisitos que han de cumplir las parejas estables no casadas para tener derecho a pensión de viudedad en Navarra:
- Fallecimiento sea posterior a 1 de enero de 2008.
- Que la pareja estuviera inscrita en el Registro Único de Parejas Estables de Navarra con una antelación mínima de 2 años respecto a la fecha de fallecimiento del causante.
- Probar una convivencia estable, no inferior a 5 años de forma ininterrumpida, con respecto a la fecha de fallecimiento del miembro de la pareja.
- Que mientras duró la convivencia de la pareja, ningún miembro de la misma estuviera impedido para contraer matrimonio ni tuviera vínculo matrimonial con otra persona.
- Inscribirse en el Registro Único de Parejas Estables de la Comunidad Foral de Navarra para ser considerada pareja estable. Si no hay inscripción, no ha pareja estable reconocida.
- Hacer testamento manifestando nuestras voluntades para después de nuestra muerte.
- Manifestar en escritura pública los pactos que regulan las relaciones económicas entre los miembros de la pareja estable, tanto mientras dure la convivencia como en caso de cese o extinción de la relación. Estos pactos manifestados en escritura, no pueden ser contrarios a la ley, ni limitar la igualdad de derechos que correspondan a cada miembro de la pareja ni pueden ser gravemente perjudiciales para cada uno de sus miembros.
Enlace al Registro donde podrás obtener toda la información, documentación y requisitos para realizar la inscripción online:
https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/registro-unico-de-parejas-estables-de-navarra
Solicitar cita previa al Registro para hacer los trámites de forma presencial:
https://www.navarra.es/es/web/registro-de-parejas-estables/citaprevia-registro-parejas-estables
Consulta la información general y características de las legítimas en cada Comunidad Autónoma en nuestra página Legítimas.
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