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EL TESTAMENTO VITAL.
¿Qué es el testamento vital?
Es un documento individual y personal en el que detallamos, por escrito, una serie de voluntades para que estas se cumplan si llega un día en que no seamos capaces de comunicarlas en persona, y otras relacionadas para después de nuestro fallecimiento.
La principal premisa de este testamento, para poder ser utilizado, es que nosotros hemos de ser incapaces de manifestar nuestras voluntades en persona de forma consciente.
Desde junio 2021 en que se aprobó la Ley de Eutanasia, en este documento podemos manifestar nuestra voluntad de acogernos a esa Ley.
Como se hace el testamento vital.
Hay diversas formas de hacer el testamento vital:
– Ante Notario. Al cual manifestaremos nuestras voluntades al respecto y este redactará una escritura que posteriormente inscribirá en el Registro de Voluntades Anticipadas. Deberemos abonar los honorarios al Notario mientras que la otra opción para hacer el testamento vital son gratuita.
– A través de la Comunidad Autónoma. Esta opción es la más recomendable por su sencillez y gratuidad. Cada CCAA tiene establecido quién, donde y como se realizan los Testamentos Vitales. En la mayoría de las CCAA son los Servicios Sociales quienes tramitan estos testamentos.
Así, es suficiente pedir cita previa a los Servicios Sociales de nuestro Ayuntamiento para realizar el trámite.
Ellos nos facilitaran los impresos y las instrucciones para su entrega e inscripción en el Registro de Voluntades Anticipadas. Y todo con carácter gratuito.
Modelo de testamento vital.
El modelo de testamento vital depende de cada Comunidad Autónoma y es facilitado a los interesados por la misma CCAA en el momento en que se solicita hacer este testamento.
Por lo tanto, no es necesario que llevemos ningún modelo previamente rellenado.
No obstante, si quieres conocer un modelo válido en tu CCAA puedes acceder a este enlace:
Modelo de testamento vital.
Precio del testamento vital.
Hay muchas páginas web que ofrecen este trámite a cambio de una cantidad de dinero, pero hacer el testamento vital es gratis!
Por lo tanto, hacer el Testamento Vital no cuesta nada.
Todas las Comunidades Autónomas ofrecen mecanismos para efectuar el trámite de forma gratuita.
Por ejemplo, en Cataluña, Andalucía … es un trámite que puede realizarse de forma gratuita incluso en los Centros de Atención Primaria además de los Servicios sociales de los Ayuntamientos.
Si decides escoger un Notario, se puede establecer un intervalo de entre 60€ a 100€ dependiendo de la notaría.
Por lo tanto, no pagues por algo que es gratis, infórmate en la web de su Comunidad Autónoma de estas posibilidades y de como realizar los trámites.
Documentación necesaria para realizar el Testamento Vital.
Tanto si eliges la opción de hacerlo ante Notario como la opción gratuita ante la CCAA, sólo es necesario aportar nuestro DNI para identificarnos.
¿Se necesitan testigos para hacer un Testamento Vital?
Si efectuamos el Testamento Vital ante un Notario no son necesarios testigos.
Si elegimos la opción de hacerlo ante la CCAA son necesarios tres testigos: uno puede ser familiar directo (padres, hijos, hermanos, cónyuge…), pero los otros dos no pueden ser familiares directos. Podemos utilizar amigos, conocidos, cuñados, suegros…
Los testigos no es necesario se personen físicamente, sólo es necesario que firmen nuestro Testamento Vital y nos faciliten una copia de su DNI.
En los modelos que facilitan las CCAA ya se especifica donde deben firmar los testigos.
En 2024 algunas Comunidades Autónomas han eliminado la necesidad de testigos para hacer el testamento vital y puede hacerse delante del medico de cabecera.
¿Qué voluntades puedo manifestar en el testamento vital?
Las principales voluntades que podemos manifestar en él son:
– En caso de enfermedad y/o hospitalización y no poder expresar nuestra voluntad: si queremos someternos a tratamientos que prolonguen innecesariamente nuestra vida; que persona o personas designamos para que tomen decisiones sobre tratamientos médicos que nos afecten; si deseamos recibir asistencia religiosa o no…
– Si deseamos acogernos a la Ley de Eutanasia que entró en vigor en Junio 2021.
– Posteriores a nuestra muerte: qué tipo de ceremonia queremos para nuestro entierro (religiosa, laica….); si deseamos donar nuestros órganos; si deseamos ser enterrados o incinerados…
¿Qué no se puede incluir?
Básicamente no podemos expresar voluntades que sean contrarias a la legislación vigente.
Tampoco podemos incluir instrucciones respecto al reparto de bienes de nuestro patrimonio. Esto sólo es posible a través de cualquiera de las formas de Testamentos que puedes consultar en nuestra página Testamentos.
Registro de Voluntades Anticipadas.
Todos los Testamentos Vitales se inscriben en un registro público para que puedan ser consultados, llegado el caso. El Registro de Voluntades Anticipadas.
¿Quién regula este tipo de testamento?
En España existe una Ley que regula el testamento vital, pero también las Comunidades Autónomas tienen normas propias que lo regulan.
Nosotros siempre aconsejamos que consultes en la página web de tu Comunidad Autónoma para tener información actualizada.
Incumplir el Testamento Vital. Consecuencias.
Una duda muy común que se plantea es como podemos asegurarnos que nuestro testamento vital se va a cumplir y que consecuencias tiene para nuestros familiares o médicos si lo incumplen.
Tienes a tu disposición nuestro artículo dedicado a este tema «Incumplir el Testamento Vital. Consecuencias».
Artículos publicados en nuestro Blog relacionados con el tema:
- DIFERENCIAS ENTRE DONAR EN VIDA Y HACER TESTAMENTO.
- COMO EVITAR ARRUINARSE AL HEREDAR.
- DONACIONES EN TESTAMENTOS SOLIDARIOS.
- CUENTAS BANCARIAS DE TITULAR FALLECIDO.
- OBTENER EL CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN GRATUITAMENTE Y EL CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES.
- DERECHO A LEGÍTIMA Y A PENSIÓN DE VIUDEDAD DE LAS PAREJAS DE HECHO EN CADA COMUNIDAD AUTÓNOMA.
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