LA HERENCIA LEGÍTIMA EN GALICIA.
HERENCIA DE PAREJAS DE HECHO EN GALICIA.
DERECHO A PENSIÓN DE VIUDEDAD DE LAS PAREJAS DE HECHO EN GALICIA.

Cuanto es la herencia legítima en Galicia y como se calcula, sus beneficiarios, porcentajes, requisitos a cumplir para tener derechos sucesorios, condiciones de las parejas de hecho para ser beneficiario de la pensión de viudedad
Hemos resumido lo más importante y los aspectos generales de todos estos conceptos para que los entiendan la mayoría del público sin conocimientos jurídicos.
Puedes acceder a la misma información de otras Comunidades Autónomas a través de este enlace.

Herencia Legítima de los hijos y descendientes en Galicia.

  • Una cuarta parte de la herencia.

Herencia Legítima de los padres y ascendientes en Galicia.

  • No tienen derecho a la legítima.

Herencia Legítima del cónyuge en Galicia.

  • El usufructo de una cuarta parte de la herencia si existen descendientes.
  • El usufructo de la mitad de la herencia si no existen descendientes.

¿Cuál es la legítima de una herencia?

La legítima es la parte de nuestra herencia de la que no podemos disponer libremente para repartirla a quien nosotros queramos. Esta parte no es igual en toda España, sino que hay diferencias substanciales entre Comunidades Autónomas. Las diferencias no sólo afectan al importe de la herencia sino a las personas beneficiarios de la legítima.
En nuestra página “La Legítima en cada Comunidad Autónoma” encontrarás detallada por cada CCAA que cantidad es la legítima y cuales son los beneficiarios. También toda la información respecto a la legítima.

Diferencia entre legítima y legado.

Sabemos que la legítima es la parte  de nuestra herencia que la Ley nos obliga a dejar a unas personas en concreto.
El legado es la facultad que tenemos de dejar determinados bienes en concreto a determinadas personas.
Es muy habitual, entre público sin conocimientos jurídicos, confundir el legado con la legítima.
En nuestra página Legados encontrarás toda la información para que sepas diferenciarlos.

Desheredar un hijo en Galicia. Motivos y requisitos.

Desheredar a un hijo es un acto que requiere el cumplimiento de una serie de requisitos y motivos que se especifican en la Ley.
En este artículo podrás encontrar toda la información: «Desheredar a un hijo. Motivos y requisitos»

HERENCIA DE LAS PAREJAS DE HECHO EN GALICIA.

La herencia legitima en Galicia y herencia de parejas de hecho en Galicia (tanto homosexuales como heterosexuales) se equiparan a la de los cónyuges por lo que a a derechos sucesorios se refiere.
Es importante, conocer que se entiende por pareja de hecho en esta Comunidad Autónoma y que requisitos hay que cumplir para tener esta equiparación de derechos.

¿Qué se considera una pareja de hecho en Galicia?

Se considera que forman una pareja estable, dos personas que viven de forma similar a la matrimonial en estos casos:

  • Que la unión sea de dos personas mayores de edad.
  • Ninguna de las personas que forma la pareja estable este incapacitada.
  • Que convivan con intención o vocación de permanencia en una relación análoga a la conyugal.
  • No tener relación de parentesco en línea recta o colateral (por consanguinidad o adopción) hasta el tercer grado.
  • Que ningún miembro de la pareja tenga vínculos matrimoniales con otras personas.
  • No estar inscrito previamente en el Registro de Parejas de Hecho de la Xunta de Galicia.
  • Uno de los miembros tenga la vecindad civil gallega.
  • Los dos miembros de la pareja de hecho han de estar empadronados en el mismo domicilio.
  • Que se inscriban en el registro de Parejas de Hecho de la Xunta de Galicia expresando su voluntad de equiparar sus efectos a los del matrimonio.

¿Cómo se puede probar que se forma una pareja de hecho en Galicia?

A diferencia de otras Comunidades Autónomas, en Galicia la prueba de la existencia de la Pareja de hecho es la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de la Xunta de Galicia.
La falta de esta inscripción implica el no reconocimiento de la pareja de hecho y la no equiparación, en lo que a derechos se refiere, a las parejas casadas.

¿Cuándo termina, cesa o se extingue una pareja de hecho en Galicia?

Las causas por las que se considera extinguida una pareja de hecho o estable en Galicia son:

  • Muerte de uno de los miembros de la pareja.
  • Común acuerdo entre los miembros de la pareja.
  • Matrimonio entre los miembros de la pareja de hecho o de uno de sus miembros con otra persona.
  • Voluntad de uno de los miembros de la pareja que tendrá que comunicárselo de forma fehaciente (que quede constancia) al otro.

HERENCIA DEL CÓNYUGE Y LA PAREJA DE HECHO EN UNA HERENCIA SIN TESTAMENTO (INTESTADA) RN GALICIA.

La herencia legítima en Galicia y herencia de parejas de hecho en Galicia, parte de la igualación de derechos entre parejas casadas y de hecho, pero para tener derecho a esta igualación las parejas de hecho han de cumplir ciertos requisitos que comentamos a continuación.
En caso de parejas casadas y herencia intestada (sin testamento) el cónyuge tendría derecho a la legítima que se ha mencionado en los primeros apartados de esta página.
El cónyuge viudo pierde sus derechos en una sucesión intestada, si en el momento de abrir la sucesión estaba separado judicialmente o de hecho o estaba pendiente de una demanda de nulidad de matrimonio, de divorcio o separación (excepto si hubiera existido reconciliación).

En Galicia se parte de la igualación de derechos entre parejas casadas y de hecho o estables, por lo que el miembro superviviente de la pareja tendría derecho a la legítima como si fuera el cónyuge casado.
Respecto a las parejas de hecho o estables, el miembro superviviente pierde sus derechos si en el momento de la muerte de su pareja estaba separado de hecho o se cumple alguna de las circunstancias de cese o extinción de las parejas de hecho antes mencionadas.

Tanto en parejas casadas o parejas de hecho, al equipararse en caso de no existir testamento, el cónyuge o miembro de la pareja superviviente seria heredero en ausencia de hijos y nietos y padres y abuelos.
En el caso de las parejas de hecho es importante destacar la necesidad que la pareja estuviera inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de la Xunta de Galicia y que en la inscripción se hubiera hecho constar la voluntad de equiparar los efectos de la inscripción a las parejas casadas.
Si no es así nos podemos encontrar que cuando queramos ir al notario a hacer la declaración de herederos abintestato el notario entienda que la simple inscripción, sin hacer constar esta voluntad expresa, no implica que la pareja de hecho quisiera que la inscripción afectara a la sucesión hereditaria.
En nuestra página herencia intestada encontrarás  toda la información sobre este tipo de sucesiones.

HERENCIA DEL CÓNYUGE Y LA PAREJA DE HECHO EN UNA HERENCIA CON TESTAMENTO (TESTADA) EN GALICIA.

En caso de existencia de testamento (herencia testada) tanto el cónyuge de pareja casada como el miembro superviviente de la pareja de hecho heredaran lo que conste en el testamento.
En una sucesión testada si el cónyuge viudo ha sido nombrado heredero o beneficiario de legados…estos nombramientos quedaran ineficaces si, después de haber sido otorgados, los cónyuges se separan de hecho, judicialmente, se divorcian o si hay una demanda pendiente de separación, divorcio o nulidad.

En el caso de parejas de hecho, resultaran ineficaces si existe separación de hecho o se extingue la pareja estable por una de las causas establecidas (mencionadas en un apartado anterior), que no sea la defunción de uno de sus miembros.
En nuestra página herencia testada  encontrarás  toda la información sobre este tipo de sucesiones.

DERECHO A PENSIÓN DE VIUDEDAD DE LAS PAREJAS DE HECHO EN GALICIA.

Las parejas de hecho en Galicia tendrán derecho a la pensión de viudedad si cumplen los siguientes requisitos:

  • Fallecimiento sea posterior a 1 de enero de 2008.
  • Que la pareja estuviera inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de la Xunta de Galicia. En todos los casos con una antelación mínima de 2 años respecto a la fecha de fallecimiento del miembro de la pareja.
  • Probar una convivencia estable, no inferior a 5 años de forma ininterrumpida, con respecto a la fecha de fallecimiento del miembro de la pareja.
  • Que mientras duró la convivencia de la pareja, ningún miembro de la misma estuviera impedido para contraer matrimonio ni tuviera vínculo matrimonial con otra persona.

Recomendaciones para las parejas de hecho en Galicia.

  • En el momento de hacer la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de la Xunta de Galicia, expresar la voluntad de equiparar los efectos a los del matrimonio.
  • Hacer testamento manifestando nuestras voluntades para después de nuestra muerte.
  • Manifestar en escritura pública los pactos que regulan las relaciones económicas entre los miembros de la pareja de hecho, tanto mientras dure la convivencia como en caso de cese o extinción de la relación. Estos pactos manifestados en escritura, no pueden ser contrarios a la ley, ni limitar la igualdad de derechos que correspondan a cada miembro de la pareja ni pueden ser gravemente perjudiciales para cada uno de sus miembros. Estos pactos establecidos en escritura pública recomendamos se adjunten en el momento de la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de la Xunta de Galicia.

Enlaces al Registro de parejas de hecho de la Xunta de Galicia.

Para completar la información sobre la herencia legítima en Galicia y herencia de parejas de hecho en Galicia, facilitamos el enlace para acceder a toda la información que proporciona el Registro de parejas de hecho de la Xunta de Galicia y para poder realizar los trámites de inscripción de la pareja de hecho.

– Enlace al Registro de parejas de hecho de la Xunta de Galicia:
https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?langId=es_ES&codtram=PR212A