TESTAMENTO EN CASO DE PANDEMIA, ESTADO DE ALARMA O RIESGO INMINENTE DE MUERTE.

El testamento en caso de pandemia o riesgo inminente de muerte, con la aparición del Covid-19, ha puesto de actualidad esta forma de dejar escritas nuestras últimas voluntades. A continuación explicamos sus características y facilitamos un modelo de testamento en caso de pandemia, estado de alarma o peligro inminente de muerte.

¿Qué es un testamento en caso de pandemia o riesgo inminente de muerte?

La reciente pandemia del Covid-19 ha planteado situaciones ya olvidadas, por ejemplo, como realizar un testamento en esta situación, de aislamiento o en peligro inminente de muerte.
Una persona, en cualquier situación y en plenas facultades, ha de poder dejar escritas sus últimas voluntades, por lo que esta modalidad de testamento pretende asegurar el poder hacer testamento en situaciones extremas en que no se puede acudir a un Notario o incluso no se pueda escribir.

Requisitos del testamento en caso de pandemia o riesgo inminente de muerte.

  • El primer requisito es que esté declarada una pandemia (como el caso del Covid-19) o exista un riesgo inminente de muerte de la persona que lo hace.
  • Ha de realizarse ante tres testigos idóneos en el caso del testamento en caso de pandemia y cinco testigos para el de peligro inminente de muerte.
  • Puede hacerse de forma oral o escrita.

Si se opta por la forma oral serán los testigos los que con posterioridad transmitirán el contenido de las ultimas voluntades. Está permitida la grabación del acto para facilitar la posterior prueba del contenido del testamento.

Si se hace por escrito, puede escribirlo el testador o uno de los testigos a mano o a máquina.
El testador leerá el contenido o será leído por uno de los testigos y procederán a firmarlo todos en todas las páginas. Si el testador estuviera impedido para firmar, se pondrá su huella dactilar.

Testigos en un testamento en caso de pandemia o riesgo inminente de muerte.

Los testigos que asistan al acto en que el testado efectúe el testamento en caso de pandemia o riesgo inminente de muerte han de cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser mayores de 16 años.
  • Han de entender el idioma de quién efectúa el testamento.
  • Han de tener capacidad suficiente para entender el significado del acto al que asisten.
  • No pueden tener relación de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad.

Cómo hacer este tipo de testamentos.

Si las notarías siguen abiertas, como en el caso del Covid-19 y podemos acceder a pedir cita, se recomienda desplazarse para efectuarlo ante notario.
Ante la imposibilidad de desplazarse, imaginemos una persona hospitalizada y aislada, la siguiente opción recomendada sería la de otorgar este tipo de testamento cumpliendo los requisitos antes mencionados y antes los testigos que la ley establece.
Como última opción recomendaríamos el testamento ológrafo que explicamos que también explicamos en nuestra web.

Caducidad de un testamento en caso de pandemia o peligro inminente de muerte.

El testamento en caso de pandemia o riesgo inminente de muerte pierde su eficacia si el testador no fallece en los dos meses siguientes a la fecha de otorgamiento y a los dos meses de cesar el estado de pandemia. 

Modelo de testamento en tiempos de pandemia o riesgo inminente de muerte.

Le facilitamos un modelo de testamento en caso de pandemia válido en España.
Puede acceder a él en este enlace. Modelo de testamento en tiempos de pandemia o riesgo inminente de muerte.

Precio de esta modalidad de testamentos.

Depende de cómo lo hayamos hecho.
Si hemos ido a la notaría el precio estará en el rango de 40 a 60€, dependiendo de la notaría.
Las otras opciones no tendrán un coste inicial, si bien en el caso de efectuarlo ante testigos, posteriormente tendremos que ir nosotros o ellos a la notaría a ratificarlo con el mismo coste aproximado antes indicado.

Trámites de estos testamentos en caso de fallecimiento del testador.

Si lo hemos efectuado ante notario o de forma ológrafa no requiere más trámites adicionales.
Si hemos optado por realizarlo ante testigos alegando la causa de pandemia o peligro inminente de muerte, tendremos que convertirlo en un testamento normal antes de los dos meses en que acabe la situación de pandemia o cese el peligro inminente de muerte. De lo contrario perdería su validez y eficacia. Si fallecemos durante este periodo será la persona que custodie nuestro testamento escrito quien tendrá que ir a la notaría, antes de tres meses, a elevarlo a público.