A continuación encontrarás toda la información sobre el Certificado de Últimas Voluntades.
Si ya la conoces y deseas acceder directamente a solicitarlo, puedes utilizar los siguientes enlaces:
– Solicitar Certificado de Últimas Voluntades de persona fallecida después del 2 de abril de 2009.
– Solicitar Certificado de Últimas Voluntades de persona fallecida antes del 2 de abril de 2009.
¿QUÉ ES EL CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES?
Es un documento, obligatorio para tramitar cualquier herencia, que informa de si una persona ha otorgado testamento y ante que Notaría lo ha otorgado.
Estos dos datos son imprescindibles para iniciar los trámites de una herencia.
¿PARA QUÉ SIRVE EL CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES?
Es muy habitual que los familiares conozcan que su familiar fallecido había otorgado testamento y ante que Notaría, e incluso es posible que dispongan de una copia de dicho testamento.
Pero dicho testamento puede no ser el último que otorgó el fallecido y que los familiares lo desconozcan.
Como el único testamento válido es el último otorgado, hay que asegurarse de conocer su contenido y esta información es la que proporciona el Registro de Últimas Voluntades.
Concretamente, sirve para conocer si una persona ha otorgado testamento y ante que Notario.
De esta manera los herederos pueden dirigirse al Notario y solicitar una copia del último testamento otorgado por el fallecido y empezar a tramitar la herencia.
¿DONDE SE SOLICITA EL CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES?
El Certificado de Últimas Voluntades se puede solicitar directamente al Registro de Actos de Última Voluntad, en las Gerencias territoriales del Ministerio de Justicia, en los Registros Civiles y en otros organismos habilitados.
Más adelante te explicamos las distintas maneras para que puedas solicitar este Certificado tu mismo.
¿QUIÉN PUEDE PEDIR EL CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES?
El Certificado de Últimas Voluntades es público y puede ser solicitado por cualquier persona.
Esto no implica que cualquier persona pueda solicitar una copia del testamento.
Una vez conocido cuál es el último testamento y en que Notaría se otorgó, el Notario no entregará copia del testamento si quién lo solicita no tiene ningún derecho sobre la herencia.
De esta manera se evita que desconocidos puedan acceder al contenido del testamento.
¿CUÁNTO CUESTA SOLICITAR EL CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES?
La emisión del Certificado de Últimas Voluntades está sujeto al pago de una Tasa aprobada por el Ministerio de Justicia, que en la actualidad (año 2023) es de 3,86 Euros.
No obstante si no lo pides tú mismo y quieres que algún gestor te lo trámite tendrás que añadir el coste del servicio que es muy variables y está en torno a los 25 Euros.
¿CUÁNDO SE PUEDE SOLICITAR EL CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES?
No se puede solicitar el certificado hasta pasados quince días desde el día del fallecimiento.
Para contar estos 15 quince días hay que excluir el día del fallecimiento, los sábados, domingos y festivos.
¿CUÁNTO TIEMPO SE TARDA EN RECIBIR EL CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES?
El Ministerio de Justicia establece que, en caso de solicitudes del Certificado por Correo postal, el plazo de emisión es de 10 días hábiles.
Si la solicitud se hace de forma presencial el certificado se entrega en el acto y si se solicita online el plazo de emisión es de unos 5 días hábiles.
¿EL CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES INCLUYE EL CONTENIDO DEL TESTAMENTO?
No. El Certificado nos dirá en qué fecha el fallecido otorgó el último testamento y ante qué Notario.
Cualquier persona con derecho a la herencia podrá solicitar a ese Notario o cualquier otro una copia del testamento.
Si no tenemos ningún derecho a la herencia del fallecido, no podremos conocer el contenido del testamento.
¿CÓMO SOLICITAR EL CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES?
Hay tres maneras para solicitar el Certificado de últimas voluntades: de forma presencial, por correo postal y Online.
AVISO: Si quieres solicitar un Certificado de Últimas Voluntades anterior a 2 de abril de 2009 la única manera de hacerlo es vía postal o presencial. No es posible solicitarlo online.
1- Solicitar el Certificado de Últimas Voluntades de forma presencial.
Es necesario tramitarlo en alguna de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, solicitando previamente cita previa.
Consulta aquí tu Gerencia más cercana a tu domicilio.
Solicita aquí tu cita previa.
Documentación a aportar en la visita presencial:
– Certificado Literal de Defunción si el fallecimiento es anterior al 2 de abril de 2009.
Si no dispones del Certificado de defunción puedes solicitarlo tú mismo y de forma gratuita desde nuestra página Trámites.
– Si la defunción está inscrita en cualquier Registro Civil tampoco será necesario aportar el Certificado literal de defunción. Por el contrario, será imprescindible aportarlo si la defunción está inscrita en un Juzgado de Paz.
– Modelo 790 debidamente cumplimentado y donde conste el pago de la tasa vigente. El pago puede efectuarse en cualquier entidad bancaria colaboradora. Desde este enlace puede descargarse el Modelo 790.
El importe de la tasa vigente lo puede consultar en el pie de página de este enlace del Ministerio de Justicia.
¿Cuándo se recibe el Certificado solicitado presencialmente?
Normalmente en el mismo momento de la solicitud se emite y entrega el certificado.
En caso de incidencias será un plazo mayor que nunca superará los 10 días.
2- Solicitar el Certificado de Últimas Voluntades por correo postal.
Se debe enviar la documentación al REGISTRO GENERAL DE ACTOS DE ÚLTIMA VOLUNTAD – Ministerio de Justicia – Plaza Jacinto Benavente 3 – 28012 Madrid.
Documentación necesaria a enviar por correo para solicitar el Certificado de Últimas Voluntades.
Es exactamente la misma que si se hace el trámite de forma presencial.
Puede consultarla en el apartado anterior.
¿Cuándo y dónde se recibe el Certificado de Últimas Voluntades solicitado por correo?
El certificado será remitido por correo al domicilio que se ha hecho constar en el apartado “Identificación” del modelo 790.
El plazo de emisión del certificado es de diez días hábiles desde el día siguiente a su recepción.
3- Solicitar el Certificado de Últimas Voluntades online.
Solo es posible solicitar el Certificado de Últimas Voluntades Online para personas fallecidas con posterioridad al 2 de abril de 2009.
Para personas que han fallecido con anterioridad a esta fecha sólo es posible solicitarlo presencialmente o por correo postal.
Para solicitarlo online es necesario disponer del sistema CLA@VE para poder identificarte y poder solicitar el certificado por internet.
Si no dispone de CL@VE, desde este enlace te explicamos como darse de alta en CL@VE.
La solicitud por Internet del Certificado de últimas voluntades es muy sencilla. Basta con acceder a este enlace para iniciar la tramitación.
Debemos acceder e identificarnos con nuestro sistema CL@VE, rellenar el formulario con nuestros datos y el de la persona fallecida y pagar la tasa vigente.
Todos los pasos son sucesivos, están encadenados y son muy fáciles de seguir.
Una vez finalizado el trámite recibiremos un correo electrónico confirmando la solicitud y el pago de la tasa.
En dicho correo nos facilitarán nuestro número de solicitud.
Cuando el certificado esté emitido nos avisarán por correo electrónico con un enlace para poder descargarlo.
En cualquier momento, con el número de solicitud recibido, podemos consultar cómo está nuestro trámite y descargar el certificado cuando ya esté emitido, desde este enlace: Consulta estado solicitud y obtención del certificado.
Accede a todos los trámites sobre testamentos y herencias que puedes realizar tu mismo.
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Para continuar con el trámite de la herencia, además del Certificado de últimas Voluntades también he de aportar el saldo bancario del día en que falleció la persona. Como tenía cuentas en dos bancos ¿debo pedir dos Certificados o basta con uno y dar a los bancos copia?
Sra. Emilia,
Si ha recibido el Certificado telemáticamente puede imprimir cuantas copias necesite.
Si ha recibido el Certificado en papel, puede hacer copias para presentar a los bancos.
Normalmente los bancos no se quedan los originales de la documentación, en el momento que Vd. la presenta harán copia y le devolverán los originales,
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
hola
Estoy pidiendo online las ultimas voluntades de mi suegra y me dice que no han encontrado ningún dato. ¿Cómo es posible?
Sra. Lola,
Asegúrese que han pasado 15 días naturales y sin contar festivos ni fines de semana desde la defunción.
Continúe solicitándolo hasta que hayan pasado no 15 sino 25 días, ya que a veces la inscripción se retrasa.
Si aun así le aparece el error sólo le queda de pedirlo presencialmente o por correo ya que se ha producido un error en la inscripción.
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Hola,
Estoy intentando solicitar el certificado de últimas voluntades de mi padre mediante el formulario online, pero me encuentro con este mensaje: «La consulta automática de los datos del fallecido no permite solicitar el certificado de forma electrónica. Es necesario que lo solicite por correo postal o de forma presencial».
¿Por qué no me permite seguir con la solicitud? ¿Hay alguna razón concreta? Mi padre falleció en 2023 y su fallecimiento está inscrito en un Registro Civil.
Gracias.
Sr. Ignacio,
Lamentablemente, a veces, se produce algún error en la inscripción telemática de los datos del fallecido que impide cotejar todos los datos para emitir el certificado de defunción online.
Esto provoca que el certificado online no esté disponible y se tenga que usar como opción alternativa el correo postal o acceder directamente al Registro Civil.
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Hola,
He intentado solicitar últimas voluntades de un familiar, relleno los datos, y cuando clico «enviar» me aparece una nota de aviso diciendo que solo puedo solicitarlo de forma presencial o por correo. A qué se puede deber?
Muchas gracias,
Saludos.
Sra. María,
Hay dos situaciones en las que no se puede pedir el certificado Online:
– La defunción es anterior al 2 de abril de 2009.
– La defunción se ha inscrito en un juzgado de paz y no en un registro civil.
En cualquiera de estos casos se ha de solicitar por correo o presencialmente.
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Muchas gracias por su respuesta.
Las dos opciones las cumple:
La defunción fue en 2017.
Está registrado en el registro civil, ya que hace unos días me llegó el certificado literal de defunción desde el registro civil de la localidad donde falleció.
Por eso me extraña no poder continuar con el trámite y no me deja pasar a confirmar datos.
La nota de aviso dice:
La consulta automática de los datos del fallecido no permite solicitar el certificado de forma electrónica. Es necesario que lo solicite por correo postal o de forma presencial.
Igualmente, gracias por su respuesta.
Saludos.
HOLA:
TENGO QUE SOLICITAR CERTIFICADO ULTIMAS VOLUNTADES, EL FALLECIMIENTO FUE EL 13 MAYO 2023, CUANDO PUEDO HACER LA SOLICITUD YA SE QUE SON 15 DIAS HABILES, PERO SI PIDIESE CITA EL DIA 6 PARA EL 7 , PODRIA RECOGERLO PRESENCIALMENTE.
Sra. Mari Carmen,
El certificado lo puede solicitar a partir del 5 de Junio.
Normalmente los Certificados de Últimas Voluntades se expiden al momento, si bien depende de la Oficina Emisora.
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA
Cinta previa al juzgado de Terrassa. Para pedir certificado y fe de vida
Pedir cita previa en el juzgado de Terrassa. Por favor es urgente me es urgente para poder pedir certificado de fe de vida mía y un certificado de un familiar que está fallecido muchas gracias que sea en la mayor brevedad.
Sr. Pedro,
Ya respondimos a su consulta anterior en el mismo sentido.
Puede consultar la respuesta en esta misma página.
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Sr. Pedro,
En nuestro artículo explicamos como obtener el Certificado de Últimas Voluntades.-
Para una Fe de Vida del Registro Civil de Terrassa tendrá que solicitar cita previa.
Le solicitamos el enlace.
https://ovt.gencat.cat/gsitfc/AppJava/citpre/citpre.do?reqCode=simpleSearch&idTemaN2=25629&idTemaN3=28772&idOficina=2541
Saludos.
TESTAMENTO Y HERECIA.
Solicito Testamento a mi nombre (nombre y DNI omitido por seguridad) otorgado por Abel (apellidos omitidos por seguridad) quien falleció 0901 en
Domicilio CA Irlanda n2
Piso 24c (población y provincia omitidos por seguridad)
Sra. Fabiola,
La copia del testamento no la puede solicitar Online.
Antes de acceder al testamento tiene que solicitar el Certificado de últimas voluntades para asegurarse de cual es el último testamento que otorgo el fallecido Sr. Abel.
El certificado le dirá cual es el último y ante que Notario lo otorgó y podrá solicitar una copia en cualquier Notaria (siempre que usted figure en el testamento).
En este artículo le explicamos como puede solicitarlo usted misma.
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Me ha sido muy hútil. Gracias
Me ha servido muy bien. Gracias
He solicitado un certificado de últimas voluntades. Me dice en ¿Cómo va lo mío? que el trámite está «ABIERTO». Qué significa
Sr. Ángel,
Un certificado de últimas voluntades de un fallecido reciente (últimos años) es casi inmediato.
Suponemos que debe ser de cierta antigüedad o los datos introducidos no se corresponden con la inscripción.
Si el trámite está abierto entendemos que el trámite está en proceso.
Le recomendamos repase los mails de confirmación del pedido y del pago de la tasa.
Si son correctos, será necesario esperar respuesta del Ministerio.
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Se puede solicitar el Certificado d Últimas Voluntades a la vez en dos Comunidades separadas por muchos kilómetros?
Sra. Amaya,
Vd. puede solicitar los certificados desde donde quiera y las veces que quiera.
El Registro de últimas voluntades es único para toda España.
El resultado que obtendrá de todas las solicitudes que envíe siempre será el mismo y habrá gastado dinero de forma innecesaria.
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA
Buenas tardes.
Mi caso es que hace muchos años, más de 40, hice el testamento ante una notaría de un pueblo, en la dictadura,y hoy en democracia, estoy en una comunidad autónoma distinta, y distinta provincia.
Quisiera comprobar si mi testamento es válido, y no sé cómo conseguir esa comprobación.
Hola,
En principio el testamento sigue siendo válido por más antiguo que sea.
En el Registro de Ultimas voluntades se inscriben todos los testamentos, pero sólo se puede consultar después de fallecer la persona que lo hizo.
Si quiere asegurarse consulte directamente a la Notaria donde lo hizo. Si ha cerrado no hay problema ya que el Colegio de Notarios le informará de quien asumió todos los documentos de esa Notaria.
Saludos.
Testamento y Herencia.