VENDER MI PARTE DE UNA HERENCIA.
¿Es posible vender mi parte de una vivienda heredada o de la herencia para no compartir nada con otros herederos?
La respuesta es Sí, pero no es muy recomendable.
Hay muchas empresas que compran partes de herencias y lo hacen exclusivamente sobre partes de propiedades inmobiliarias (pisos, casa, torres, locales…) y a un precio muy inferior a mercado.
Pero también hay otras opciones más favorables que te explicamos a continuación.
Si una propiedad tiene varios propietarios, se denomina que la propiedad es en proindiviso y a cada propietario le corresponde una parte, que pueden ser iguales o no.
Esto genera multitud de conflictos entre los propietarios, como por ejemplo: quien la disfruta, quién paga los gastos, que pasa si uno quiere vender y los otros no…
Puedes consultar nuestros artículos: Herencia Indivisa o en Proindiviso y Problemas entre hermanos en venta de piso heredado para más información.
COMPRAR LA PARTE DE LA VIVIENDA HEREDADA A OTRO HEREDERO.
Esta es la mejor opción.
El hecho que todos los herederos propietarios de la vivienda se pongan de acuerdo, valoren la vivienda y el/los que quieran vender su parte se la vendan a los que quieran comprar, es la mejor opción.
Es tan sencillo como ir al Notario para firmar la escritura de compraventa y realizar la transacción económica.
Si el problema es acordar el precio de la vivienda, ya que los que venden la valorarán a lo alto y los que compran a la baja, se puede recurrir a un tasador inmobiliario para conocer un precio justo de mercado.
VENDER LA PARTE DE UNA VIVIENDA HEREDADA A EMPRESAS QUE COMPRAN HERENCIAS.
Ante las desavenencias con los otros herederos con quien se comparte la propiedad o por la necesidad urgente de dinero, cualquier persona que tenga una parte de una propiedad inmobiliaria, un proindiviso, puede venderla libremente a quién quiera.
Hemos de entender que quién la compra sólo compra la parte de una vivienda y pasará a compartir la propiedad con los otros herederos, con lo que su capacidad de disfrutar la parte de la vivienda comprada será prácticamente nula y por contra tendrá que asumir los gastos proporcionales que genere la vivienda.
Son estos los dos motivos que provocan que el precio obtenido por la venta sea muy inferior al de mercado.
Y es en esta diferencia, que puede llegar o superar el 50%, donde está el negocio de las empresas que compran partes de herencias.
El heredero que ha vendido su parte ya se desvinculará totalmente de la propiedad con los otros herederos.
Los herederos que continúen con la propiedad compartida con la empresa que ha comprado la parte, no tendrán una convivencia placentera.
Este tipo de empresas intentan siempre sacar el máximo provecho a su inversión.
VENDER UNA PARTE DE UNA VIVIENDA HEREDADA SIN ACUERDO ENTRE TODOS LOS HEREDEROS. EXTINCIÓN DEL CONDOMINIO.
En el párrafo anterior ya hemos visto que una de las opciones es que cualquier propietario puede vender su parte asumiendo que va a cobrar la mitad o menos del valor de mercado.
Otra opción ante la falta de acuerdo de todos los herederos en vender, es solicitar al Juzgado la extinción del condominio.
Este proceso judicial acabará con la subasta del inmueble y repartiendo el dinero obtenido entre los herederos según la parte de la propiedad que tuvieran del inmueble.
Los herederos que no querían vender no podrán paralizar el proceso de subasta, pero sí podrán acudir a la subasta abonando el importe total del inmueble que será repartido entre el resto de los herederos.
Esta opción, aunque sea un proceso judicial, nos costará menos dinero que vender nuestra parte de la vivienda a una empresa especializada.
Eso sí, el trámite es más lento.
¿PUEDEN EL RESTO DE LOS HEREDEROS DE LA VIVIENDA RECUPERAR LA PARTE VENDIDA? DERECHO DE RETRACTO.
Al resto de herederos de la vivienda el Código Civil les otorga el derecho de retracto.
Este derecho les permite sustituir a la persona o empresa que ha comprado la parte de la vivienda en las mismas condiciones.
Tanto si la herencia se hubiera aceptado o no, la parte de la vivienda o herencia vendida por uno de los copropietarios queda sujeta al derecho de retracto por parte del resto de herederos.
EJEMPLO DEL DERECHO DE RETRACTO DE LA VENTA DE UNA PARTE DE UNA VIVIENDA HEREDADA.
Pedro, Juan y María heredan un piso.
Juan decide, ante las desavenencias familiares, vender su parte del piso heredado a la empresa XYZ,SA por 50.000€.
Pedro y María no pueden evitar que Juan venda su parte del piso o su derecho a heredarlo.
Si que tienen derecho a ejercitar su derecho a retracto y quedarse con la parte del piso de Juan abonando los 50.000€ a la empresa XYZ,SA.
La venta de una parte de un piso heredado a empresas de este tipo provocará muchos problemas al resto de herederos propietarios si estos no deciden recuperar la parte vendida, ya que pasarán a ser copropietarios de un inmueble con un extraño que lo único que va a pretender es obtener un máximo beneficio.
¿CÓMO PUEDO VENDER MI PARTE DE LA HERENCIA?
En el presente artículo te hemos explicado las opciones que tiene cualquier persona que quiera vender su parte de herencia.
Básicamente son dos: llegar a un acuerdo entre herederos y transmitir tu parte a alguno de ellos que esté dispuesto a comprarla o buscar una empresa dedicada a comprar parte de herencia estando dispuestos a percibir por nuestra parte un valor inferior al 50% del real.
Artículos publicados en nuestro Blog relacionados con el tema:
- PROBLEMAS ENTRE HERMANOS EN VENTA DE UN PISO HEREDADO.
- CUENTAS BANCARIAS DE UN TITULAR FALLECIDO.
- DERECHO A HERENCIA EN CASO DE DIVORCIO.
- OBTENER EL CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN GRATUITAMENTE Y EL CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES.
- RECLAMAR A UN HEREDERO PARA QUE ACEPTE O RENUNCIE A LA HERENCIA.
- DERECHO A LEGÍTIMA Y A PENSIÓN DE VIUDEDAD DE LAS PAREJAS DE HECHO EN CADA COMUNIDAD AUTÓNOMA.
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Hola, quiero comprar una vivienda que tiene 5 herederos, quieren vender 4 herederos el 80% de la vivienda.
Pero no tengo el 100% en ahorros para el pago del 80% de la vivienda,
Puedo pedir un crédito solo para el 80% de propiedad de una vivienda?
Sr./Sra. RSP
Ninguna entidad financiera hipotecará sólo el 80% de la vivienda y que el resto sea de otro titular.
Tampoco en el mercado se ofrecen hipotecas del 100% del valor de compra sin aportar avales adicionales.
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Mi madre falleció en 2021 y dejó un caudal relicto de 1.800.000 euros compuesto principalmente de inmuebles.
Tuve que requerir a mis hermanos para que aceptaran la herencia por el procedimiento del 1005 del Código civil.
No quieren nombrar contador partidor dativo, cuando sería lo más razonable.
El motivo de no vender es que odian a mi padre y no quieren que se le adjudique su mitad de gananciales.
Literalmente quieren que pase hambre. Así que quieren esperar a que fallezca para partir.
Pero yo no me puedo permitir esperar.
Por favor póngase en contacto conmigo porque yo necesito monetizar mi cuota de la herencia, 600.000 euros ya
Sr. Eduardo,
Una vez aceptada herencia y adjudicadas las partes, la venta de inmuebles necesita de la firma de todos los titulares.
Si no se ponen de acuerdo en vender, la única opción es instar el procedimiento de División de la cosa común.
Ante el desacuerdo de los propietarios, el juez sacará los inmuebles a subasta y se repartirá lo obtenido en función del porcentaje de propiedad de cada titular.
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Hola, mi hermano y yo heredamos una propiedad que estaba a nombre de mi padre que ya fallecio , y el usufructo lo reclamaria mi madre por disposicion de mi padre pero mihermano no esta cumpliendo con esa voluntad , quisiera saber que puedo hacer de i parte para ayudar a mi madre a recibir el usufructo ,todavia no tengo documentos a mi nombre que pruebe que yo soy una de las herederas de la propiedad porque mi hermano se niega a proveer documentos para finalizar el proceso de aceptacion de herencia que opciones tengo
gracias
KC,
Nadie puede retener documentos para aceptar la herencia ya que cualquier heredero los puede conseguir.
Solicite el Certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades, el certificado de seguros, todos ellos solicitables por Internet por cualquier persona.
Si tiene copia del testamento ya puede ir a las entidades financieras a solicitar los certificados de saldo. Si no tiene copia del testamento, conocerá en que Notaria se otorgo el testamento y podrá pedir copia.
LLegado a este punto ha de solicitar al Notario comunique a su hermano que diga si acepta o renuncia a la herencia. Tendrá 30 dias para contestar.
Como se supone que aceptará, ya tendrán la herencia lista y podrán reclamar su cumplimiento.
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA
Hola, mi madre a fallecido y era propietaria de una casa junto a mi padre, mi madre en testamento (aún no se ha echo lectura y reparto de testamento) le deja su parte de la casa (50 %) a mi hermana y a mi la legitima. Mi padre quiere vender la casa y darnos nuestra parte a cada uno, ¿puede vender la casa? También quiere reclamar a mi hermana un alquiler por estar haciendo uso exclusivo de la vivienda como casa habitual, sin poder hacer uso él ni yo. ¿Puede hacerlo?
Sr. José Antonio,
Una vez aceptada la herencia para vender la casa han de firmar todos los nuevos propietarios (Su padre, su hermana y Vd. si ha recibido parte de la casa como legítima).
Si su hermana no firma, el resto sólo podrán malvender su parte a empresas que compran partes de herencia.
Otra solución es solicitar judicialmente la venta de la casa (por no querer compartir la propiedad con su hermana). La casa se subastará y se repartirán el dinero.
Respecto al alquiler se puede pedir que el propietario que la usa pague un alquiler a los otros. En caso de desavenencia, se puede reclamar judicialmente.
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Soy titular de un piso en un 50% y usufructuario de la totalidad, uno de mis hijos tiene un 25%0de nuda propiedad, por herencia, al igual que el otro.
Por desavenencias con uno, quiero dejar al otro, en herencia mi 50% de propiedad y el usufructo por la totalidad ¿Puedo? Ya me las arreglaré para desheredarlo
Sr. Jose Maria,
Vd. puede dejar a un hijo su 50% de propiedad y este tendría (cuando Vd. fallezca) un 75% del piso y el otro el 25%.
No puede dejarle el usufructo de la totalidad, ya que un 50% ya no le pertenece a Vd y por lo tanto no lo puede gravar con un usufructo. Su derecho a usufructo termina el día que vd. fallezca.
Recuerde que al hijo menos beneficiado, como mínimo y si no tiene cauda de desheredación, ha de dejarle la legítima en función de su Comunidad Autónoma.
Puede consultar la legítima en su CCAA en nuestra página «la Legítima».
http://testamentoyherencia.es/legitimas/
Un saludo.
TESTAENTO Y HERENCIA.
Hola,mi padre y mi madre están en vida,mi madre muy enferma ya,y nos han dado de herencia en el testamento un piso a mi y mi hermano,puede mi padre echarme de casa habiéndome puesto de herencia mi y mi madre esta casa?
Sr. Raúl,
Si la propiedad del piso es exclusiva de su madre y se lo deja a Vd. en herencia, nadie le puede echar.
Siempre habrá que respetar los derechos del cónyuge viudo que establezca su Comunidad Autónoma.
Uns saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Hola soy marisol, mis apdres tienen una vivienda pricipal, mi padre fallecgió el 2021, quedamos mi madre y mis hermanos, uno de mis hermanos falleció, que documentos debo invcluir para la declaración de la sucesión.
Sra. Ruth,
Tendrá que aportar el testamento de su hermano fallecido para saber quienes son sus herederos.
Si no hizo testamento tendrán que tramitar la declaración de herederos de su hermano.
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Hola, buenas tardes, mi padre y madre tienen una casa, vivienda principal, mi padre murió y mi madre está viva, somos 6 hermanos y mis padres me donaron o regalaron el espacio de arriba para construir un piso para un aparatamento mio con entrada independiente, quiero vender ese piso que hice arriba de la casa de mis padres, puedo vender el apartamento que construí arriba de lacasa demis padres? aunque mi padre haya fallecido y siga mi madre vicva??
Sra. Ruth,
Si el apartamento es una unidad registral independiente inscrita en el Registro de la Propiedad a su nombre y no hay ninguna carga inscrita que limite su venda, puede venderla.
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA
Puede vender mi parte del piso a una inmobiliaria?
Sra. Josefina,
Vd. puede vender su parte a quien quiera comprarla, independientemente sea inmobiliaria, particular, casas especializadas…
En internet encontrará muchas empresas que se dedican a ello, eso sí, pagando menos del 50% del valor de mercado.
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Hola, os comento un caso peculiar en el que me encuentro, somos dos hermanos, mi padre falleció en el año 2019, mi madre que tiene 75 años es pensionista y ya ha realizado testamento, donde nos ha otorgado a cada uno una parte, y todos estamos conformes, a mí me ha otorgado su vivienda habitual que tiene desde hace 30 años, actualmente yo vivo con mi familia en esta vivienda, ella vive en otra que ha comprado recientemente mas pequeña. Esta vivienda que me ha otorgado pertenece a una SL y es bastante amplia. Tiene una tasación actual en 2023 por Tinsa de 500.000 €, aunque el valor contable en balance es de 69.000 €, apuntes de hace 30 años. Actualmente ella tiene el 90 % de las participaciones, yo el 10%, y soy el administrador único. La sociedad no tiene deudas ni realiza ninguna actividad económica desde hace muchos años y es el único bien que tiene esta sociedad.
Vivo en Andalucía,¿Como puedo heredar esta vivienda?. ¿Que debo tributar?¿Que me recomendáis?. Gracias por vuestros consejos.
Sr.Pepe,
La consulta que Vd plantea es de una complejidad enorme imposible de responder sin tener más datos. La herencia de participaciones sociales de sociedades donde sólo hay una vivienda que es utilizada por un socio, y sin actividad puede conllevar la obligación de tributar como si heredara la vivienda directamente sin gozar ninguna de las bonificaciones establecidas para la transmisión de participaciones en sociedades.
Le recomendamos consulta con un asesor fiscal de su población quién con todos los datos necesarios analizará la situación.
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Buenos días, estoy interesado en adquirir una vivienda heredara por mi abuela, y sus hermanos (12) y estoy interesado en saber si podría ir comprado las partes por separado como hacen las empresas, para así obtener mejor precio final.
Sr. José,
Si la finca esta inscrita a nombre de los 12 hermanos y su abuela, Vd. puede ir comprando la parte de cada uno individualmente e inscribirla a su nombre hasta completar la totalidad de la finca.
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Hola somos 3 hermanos y 2 queremos vender uno no. Yo esta heredero universal pero decidí hacerlo a partes iguales para no tener problemas pero uno de mis hermanos no ha querido y estamos de juicios. Yo y mi otro hermano podriamos vender nuestra parte. Un saludo
Sr. Ángel,
Vd. y su hermano pueden vender su parte.
Encontrará empresas que compran partes de Inmuebles.
Han de ser conscientes que recibirán aproximadamente el 50% del precio de venta normal.
Un saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Hola. Tenemos una vivienda heredada de mi padre en la que mi madre es usufructuaria. ¿Puedo vender la parte que me correspondería a una de mis hermanas (somos tres hermanos)?.
¿Hay que esperar a que fallezca mi madre para vender mi parte?
Sr. Jesús,
Gracias por visitar nuestra web.
Vd. Puede vender su parte a su hermana sin esperar a la muerte de su madre.
La venta de su parte a su hermana no afectará el derecho de usufructo que tiene su madre.
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA.
Hola, somos tres hermanas, heredamos la casa de mis padres del pueblo, yo quiero vender la casa, con un precio bajo y ellas no quieren, yo no quiero tener dadá de alta la luz y el agua y ellas si, estoy obligadas ah pagar luz y agua, como podría hacer para vender la parte mía
Saludos
Maria
Sra. María,
Si no llegan a ningún acuerdo las tres hermanas, la única solución es interponer una demanda de disolución de la cosa común, tal como explicamos en el artículo.
Puede leer este artículo de nuestro Blog para más información.
http://testamentoyherencia.es/articulos/herencia-indivisa-o-en-proindiviso/
Saludos.
TESTAMENTO Y HERENCIA
He heredado una casa con otro no está hecha la adjudicación de herencia que el otro no quiere , puedo vender mi parte , es 50%cada uno
Sr. Alberto,
Gracias por visitar nuestra web.
Le recomendamos leer nuestro artículo «Desacuerdo entre herederos en la venta de una vivienda heredada» que encontrará en nuestro Blog.
http://testamentoyherencia.es/articulos/problemas-entre-hermanos-en-venta-de-piso-heredado/
Reciba un cordial saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA
Hola somos 5 hermanos que heredamos una casa… uno de mis hermanos quiere comprarla.. mi duda es : hay que venderla por lo que esta catastrado o por lo que un tasador nos diga…. es decir si el valor por el catastro es de 53000€ sería vendérselo a ese precio o por lo que un tasador nos indique por lo que valga la vivienda? Gracias
Sr. Rafael,
Muchas gracias por visitar nuestra web.
Una vez aceptada la herencia, cada hermano es propietario de 1/5 parte del piso y el precio de venta es libre.
Nada obliga que al ser un piso heredado se tenga que vender por el valor catastral (que normalmente está muy por debajo de mercado).
Lo lógico en estos casos es que se pacte entre los 5 hermanos el precio del piso a valor de mercado y que el hermano que lo compre pague lo que corresponda a los otros hermanos.
El tasador será necesario si los hermanos no se ponen de acuerdo en el precio del piso.
Una saludo.
TESTAMENTO Y HERENCIA.